EFECTOS DE LA SENTENCIA ANULATORIA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

  • Juan Pablo Cajarville Peluffo

Resumen

Apartándose fundadamente de las diversas posiciones sostenidas hasta ahora por la doctrina, y coincidiendo sólo parcialmente con la jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, se sostiene que la sentencia anulatoria produce efectos “en el proceso en que se dicte” si se anula “por lesión de un derecho subjetivo”, bastando para ello tres votos; en cambio, produce efectos generales y absolutos siempre que la legitimación del actor consista en un interés legítimo, además personal y directo, y cuando, consistiendo en un derecho subjetivo, la propia sentencia proclame su alcance general y absoluto, requiriéndose en ambos casos cuatro votos conformes. Por su contenido, la sentencia anulatoria será siempre declarativa y constitutiva, y eventualmente de condena.

Palabras clave

Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Acción de nulidad
Acto administrativo-anulación
Sentencia-efectos

Biografía del autor

Juan Pablo Cajarville Peluffo

Ex-Catedrático de Derecho Administrativo y ex-Director del Instituto de Derecho Administrativo, en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.

Publicado
2016-12-01
Como citar
CAJARVILLE PELUFFO, Juan Pablo. EFECTOS DE LA SENTENCIA ANULATORIA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Revista Derecho Público, [S.l.], n. 50, dic. 2016. ISSN 2301-0908. Disponible en: <http://www.revistaderechopublico.com.uy/ojs/index.php/Rdp/article/view/22>. Fecha de acceso: 05 nov. 2024
Sección
Doctrina