LA DISPOSICIÓN ESPECIAL LITERAL V DE LA CONSTITUCIÓN URUGUAYA

  • Miguel Bonomi Santurio

Resumen

En mayo de 2017 el máximo órgano del Poder Judicial cambió su posición sobre la disposición transitoria y especial letra V de la Constitución, la cual que fue introducida en 1994 por una enmienda constitucional. Esta disposición aplicada por más de veinte años, ahora es estimada por la Suprema Corte de Justicia como una de carácter transitorio, con la consecuencia de su no aplicación. El pronunciamiento supone un verdadero «hacer incierto» que acrecienta los cuestionamientos acerca del futuro de esta disposición constitucional, la cual en nuestra consideración no ha perdido su condición de disposición especial.

Palabras clave

Disposición Transitoria y Especial. Constitución. Interpretación Constitucional
Derecho Constitucional
eguridad Social

Biografía del autor

Miguel Bonomi Santurio

Doctor en Derecho y Ciencias Sociales (Universidad de la República), Aspirante a Profesor Adscripto de Derecho Constitucional (U.R.). Correo electrónico: miguelbonomi.1@gmail.com

Publicado
2017-12-04
Como citar
BONOMI SANTURIO, Miguel. LA DISPOSICIÓN ESPECIAL LITERAL V DE LA CONSTITUCIÓN URUGUAYA. Revista Derecho Público, [S.l.], n. 52, p. pp. 25-45, dic. 2017. ISSN 2301-0908. Disponible en: <http://www.revistaderechopublico.com.uy/ojs/index.php/Rdp/article/view/63>. Fecha de acceso: 24 sep. 2023
Sección
Doctrina

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