DELEGADOS SECTORIALES DEL SERVICIO CIVIL

  • Miguel Bonomi Santurio

Resumen

La Ley N° 19.889 reincorpora al ordenamiento jurídico uruguayo la figura del delegado sectorial del Servicio Civil, para fortalecer la aplicación y evaluación de la política de administración de personal de los organismos de la Administración Central, los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados con el fin de profesionalizar y uniformizar la función pública en el Uruguay, a través del asesoramiento y el desarrollo de actividades y capacitaciones que permitan difundir buenas prácticas administrativas. El delegado sectorial constituye una prolongación técnica de la Oficina Nacional del Servicio Civil y viene a cumplir un rol necesario de articulación en cumplimiento del mandato constitucional de tender a una Administración Pública eficiente, sin que con ello se vulnere la autonomía constitucional que le es atribuida a diferentes órganos del Estado.

Palabras clave

Función Pública
Delegado Sectorial
Administración Pública
Principio de Eficiencia
Asesoramiento

Biografía del autor

Miguel Bonomi Santurio

Doctor en Derecho y Ciencias Sociales (Universidad de la República). Aspirante a Profesor Adscripto de Derecho Constitucional y de Derecho Administrativo (U.R.). Docente Ayudante (i) de Derecho Constitucional (U.R.). Correo electrónico: miguelbonomi.1@gmail.com

Publicado
2021-11-01
Como citar
BONOMI SANTURIO, Miguel. DELEGADOS SECTORIALES DEL SERVICIO CIVIL. Revista Derecho Público, [S.l.], n. 59, p. 29 - 46, nov. 2021. ISSN 2301-0908. Disponible en: <http://www.revistaderechopublico.com.uy/ojs/index.php/Rdp/article/view/160>. Fecha de acceso: 28 mayo 2023 doi: https://doi.org/10.31672/59.2.
Sección
Doctrina