LAS SENTENCIAS EN EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO: A PROPÓSITO DE UN CASO
Resumen
INTRODUCCIÓN. La denominación “Estado Constitucional de Derecho” constituye un dato ineludible de la literatura jurídica actual y en los diversos ordenamientos jurídicos. Dentro de las manifestaciones que se atribuyen a dicha noción, cobra particular relevancia el rol que llevan adelante los jueces a través del dictado de sus sentencias.
Al respecto, al intentar fundar un acercamiento entre las jurisdicciones del Civil Law y el Common Law, se ha señalado -partiendo de los postulados del Estado Constitucionalque “…si el derecho no está más en la ley, pero sí en la Constitución, la jurisdicción no se destina más a declarar la voluntad de la ley, sino a conformar la ley a los derechos contenidos en la Constitución ”.
El enfoque del fenómeno precedente se realizará a partir del análisis de una sentencia de la Suprema Corte de Justicia, en donde las discordias planteadas y, posteriormente, el cambio en la jurisprudencia de la Corporación, dan cuenta de la operatividad de los postulados del Estado Constitucional y su incidencia en las resoluciones judiciales.
En tal sentido, se analizarán los hechos constitutivos del caso y los argumentos dados por la Suprema Corte de Justicia en mayoría, en la sentencia N° 101/2015 de 22 de abril de 2015, así como los argumentos contenidos en las discordias.
Delimitado lo anterior, lo cual no es más que la explicitación sintética del contenido de la sentencia, se postulará que la decisión adoptada en mayoría es adecuada a los parámetros del Estado Constitucional de Derecho.