ADMISIBILIDAD DE LAS GRABACIONES SIN EL CONSENTIMIENTO DE QUIEN PARTICIPA Y SU DIVULGACIÓN
Resumen
La Suprema Corte de Justicia ha resuelto en el ámbito de un proceso penal que la grabación de una conversación no es prueba ilícita, siempre y cuando uno de los que haya grabado sea partícipe de la misma y el que posteriormente la difunda. A partir del análisis de doctrina y jurisprudencia nacional y extranjera, el presente trabajo se enfoca en la admisibilidad de las grabaciones de conversaciones sin un previo aviso al otro interlocutor y la admisibilidad de su divulgación a terceros sin autorización.