TY - JOUR AU - Bonomi Santurio, Miguel PY - 2021/11/01 TI - DELEGADOS SECTORIALES DEL SERVICIO CIVIL JF - Revista Derecho Público; Núm. 59 (2021)DO - 10.31672/59.2 KW - N2 - La Ley N° 19.889 reincorpora al ordenamiento jurídico uruguayo la figura del delegado sectorial del Servicio Civil, para fortalecer la aplicación y evaluación de la política de administración de personal de los organismos de la Administración Central, los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados con el fin de profesionalizar y uniformizar la función pública en el Uruguay, a través del asesoramiento y el desarrollo de actividades y capacitaciones que permitan difundir buenas prácticas administrativas. El delegado sectorial constituye una prolongación técnica de la Oficina Nacional del Servicio Civil y viene a cumplir un rol necesario de articulación en cumplimiento del mandato constitucional de tender a una Administración Pública eficiente, sin que con ello se vulnere la autonomía constitucional que le es atribuida a diferentes órganos del Estado. UR - http://www.revistaderechopublico.com.uy/ojs/index.php/Rdp/article/view/160